Según la Ley del Consejo de la Juventud de Extremadura (DOE nº10, de 5 de febrero de 1985), se constituye el mismo como interlocutor representativo de la juventud extremeña ante los poderes públicos de la Comunidad Autónoma teniendo como objetivo primordial el crear un cauce de libre adhesión que, apoyando las iniciativas y promoviendo sus actividades propicie la participación de los jóvenes extremeños en el desarrollo político, cultural, económico y social de Extremadura.
Para que una Asociación Juvenil entre a formar parte del Consejo de la Juventud se requiere: estar legalmente reconocida por la Consejería de Administración Pública y Hacienda, estar inscrita en el Registro del Instituto de la Juventud de Extremadura, acreditación de al menos 250 socios en cuatro partidos judiciales distintos (uno de ellos debe estar en la otra provincia) y que la Asociación Juvenil acredite 1 año de funcionamiento.
El Consejo de la Juventud de Extremadura se encuentra en la calle Reyes Huertas nº1, 1º izqda. de Mérida (Badajoz).Tel. 924 009 330 Fax 924 009 337.
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